Una de las dudas más comunes en cuanto a asuntos penales se refiere, es sobre la interceptación de conversaciones, ¿esto es legal?
La legislación española contempla esta acción durante un procedimiento de investigación penal. En el siguiente artículo, te explicamos todos los aspectos relevantes.
Interceptación de comunicaciones: en qué consiste y dónde se regula
Antes de hablar sobre la legalidad de interceptar conversaciones para fines investigativos, es esencial comprender de qué se trata esta acción.
En palabras simples, consiste en intervenir cualquier tipo de comunicación telefónica o escuchar conversaciones llevadas a cabo por este medio.
La finalidad de este acto, no es otra que obtener datos significativos y útiles para una investigación penal. Particularmente, en España no existía un marco legal para estas acciones hasta el año 2015.
La entrada en vigencia de la Ley Orgánica 13, 2015, del 5 de octubre, permitió que la intervención de dispositivos tecnológicos se regulará en el artículo 588 bis a octies de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Para qué sirve la intervención de comunicaciones:
El objetivo central de la interceptación de llamadas es recopilar evidencia sobre un delito específico, así como obtener otras fuentes para la investigación.
Sin embargo, para que pueda procederse con esta acción es imperativo que existan indicios suficientes sobre el presunto crimen y, en consecuencia, sobre el investigado.
De acuerdo con esto, las investigaciones prospectivas, están totalmente prohibidas en España. Esto se refiere a la interceptación de las comunicaciones sin bases objetivas, con la finalidad de prevenir un delito o disipar sospechas asociadas.
Cómo se realiza la interceptación de llamadas:
Actualmente, los aparatos tecnológicos cuentan con sistemas cada vez más sofisticados, por lo que es posible usar un móvil con funciones de un ordenador integradas.
Gracias a esto, la legislación que se aplica en el caso de interceptaciones de comunicaciones telefónicas, es la misma que se emplea en comunicaciones telemáticas.
Cabe precisar que, la intervención de estos aparatos no es lo mismo que su revisión al momento de la incautación.
Al interceptar un teléfono, se tiene acceso a todas las comunicaciones entrantes y salientes, bien sea por llamadas, WhatsApp, etc.
En concreto, es posible realizar las siguientes intervenciones a través de dicha medida:
- La conversación en sí misma.
- Datos electrónicos correspondientes a la comunicación.
- Otros datos producidos independientemente de la comunicación en particular.
En qué casos se puede intervenir la comunicación telefónica
Vale decir que, uno de los aspectos más importantes que se tienen en consideración sobre la interceptación de llamadas, es el derecho al secreto de las comunicaciones.
La LECrim establece que la autorización para interceptar llamadas, solo se otorga cuando su objetivo sea la investigación de delitos perseguidos en el artículo 579.1 de la norma. Asimismo, aplica en crímenes ejecutados valiéndose de aparatos tecnológicos.
Teniendo en consideración lo anterior, la intervención de comunicaciones telefónicas es válida en los siguientes actos delictivos:
- Todo crimen con dolo cuyo castigo responda al menos a 3 años de cárcel.
- Crímenes llevados a cabo en una organización delictiva.
- Si se trata de un delito terrorista.
- Los delitos cometidos mediante herramientas tecnológicas de comunicación.
¿Quiénes pueden intervenir las llamadas y comunicaciones?
En el contexto de la investigación penal, la autorización para interceptar comunicaciones depende exclusivamente del juez o instructor a cargo.
Sin embargo, es trabajo de la Policía Judicial llevar a cabo todo el proceso relacionado con la intervención de la línea telefónica en cuestión.
Para que dicho proceso se pueda llevar a cabo, es indispensable contar con la colaboración de los operadores telefónicos, quienes deben actuar obligatoriamente en favorecimiento de la investigación.
No obstante, en situaciones puntuales, el Ministro de Interior también puede requerir esta medida, lo que debe ser valorado por la autoridad judicial competente en un período máximo de 24 horas.
¿Mi móvil puede ser interceptado sin saberlo?
La respuesta es sí. Durante el proceso de investigación, la medida se llevará a cabo de forma secreta. En este sentido, a pesar de que el investigado cuente con un abogado, no podrá acceder a las comunicaciones intervenidas, ni mucho menos estar al tanto de esto, hasta que el procedimiento haya concluido.
El lapso máximo de esta medida es de 3 meses, pero podría extenderse hasta 18 meses, de ser necesario.