Según la normativa establecida en nuestro Código Penal, las obligaciones y deberes asistenciales desatendidos, se consideran como un delito de abandono de familia.
A pesar de que la ley española intenta inmiscuirse lo menos posible en las relaciones familiares, hay situaciones específicas que requieren de intervención con el fin de prevenir el desamparo de algunos de los miembros de la familia.
¿Cuándo existe el delito de abandono de familia?
El delito de abandono de familia ocurre cuando una persona no cumple con sus responsabilidades correspondientes a la tutela, patria potestad o guarda con respecto a sus ascendientes, descendientes o cónyuge en necesidad. Cabe mencionar que este tipo de acto criminal se recoge en el artículo 226 de nuestro Código Penal.
Vale decir también, que de acuerdo con el marco legal, otra forma de abandono familiar es la falta de pago de prestaciones económicas durante 2 meses continuos o 3 meses no continuos. Lo anterior, queda establecido en el artículo 227 del CP.
Requisitos para que se consume el delito de abandono de familia
Una particularidad con relación al delito de abandono familiar es que las leyes en España no son del todo claras, cuando se trata de definir las acciones u omisiones que suponen el crimen. En este sentido, es pertinente referenciarse de varios cuerpos legales para definir los requisitos.
Constitución Española
Primeramente, el artículo 39 de la Constitución Española habla sobre la protección financiera, social y jurídica de la familia. Igualmente, deja claros aspectos sobre el resguardo integral para con los hijos.
Código Civil
El Código Civil hace alusión a todas las responsabilidades que corresponden a la familia en España. Asimismo, específica las obligaciones en cuanto a la patria potestad de los hijos, lo que queda dispuesto en su artículo 154:
- Existe la obligación de cuidar de los hijos, responder por su alimentación y educación, así como garantizar una formación integral.
- De igual modo, es necesario responsabilizarse por sus bienes y administrarlos.
Más adelante, el artículo 142 del CC establece la obligación recíproca que recae sobre los descendientes, ascendientes y cónyuges entre sí. En otras palabras, esto no es más que proporcionar condiciones idóneas para la vivienda, sustento, formación y, por supuesto, asistencia médica.
Adicionalmente, se incluyen, dentro de las obligaciones, la responsabilidad inherente a los costes del embarazo y el parto.
Con respecto a lo anterior, estos dos artículos del Código Civil son esenciales al momento de definir cuándo existe el delito de abandono de familia. Incumplir cualquiera de las responsabilidades descritas en el CC, responde a las circunstancias del acto criminal, tal y como lo describe el artículo 226 del CP.
Ahora bien, considerando lo que estipula el artículo 227 del Código Penal, lo que se protege en realidad es que se cumplan las resoluciones jurídicas inherentes a la familia.
Especialmente, se tienen presentes las obligaciones relacionadas con la pensión compensatoria para otro familiar o la pensión de alimentos, en el caso de los hijos.
En otras palabras, el artículo 227 de CP no vela precisamente por el sustento familiar, dado que esto corresponde meramente al artículo 226.
¿Cuáles son las penas por delito de abandono familiar?
El castigo aplicado en caso de delito de abandono de familia dependerá del tipo de necesidad que se incumpla.
Penas por incumplir deberes de asistencia
Cuando una persona incurre en este tipo de incumplimiento, según el artículo 226 del CP, se aplican penas de 3 a 6 meses de cárcel o la imposición de multas de 6 a 12 meses.
En este sentido, estaríamos hablando de un delito menos grave y de tipo especial. Lo anterior quiere decir que dicho acto solo puede ser llevado a cabo por personas que cumplen con la característica de cónyuge, descendiente o ascendiente.
Además, este delito podría implicar la inhabilitación especial para ejercer la patria potestad, guarda o tutela por un período de 4 a 10 años.
Penas por incumplir el pago de pensiones
Quien incurra en esta modalidad del delito de abandono de familia, será castigado con pena privativa de libertad de 3 a 12 meses o una multa de 6 a 24 meses.
Esto aplicará cuando el imputado deje de responder por la pensión establecida en un proceso judicial, tras nulidad matrimonial, separación legal o divorcio. Igualmente, la sanción será la misma al no cumplir con el pago de otras prestaciones definidas conjuntamente en procesos similares.