El grado de intoxicación etílica puede suponer una atenuante, tal y como lo establece nuestro Código Penal. Sin embargo, determinar lo anterior no es una tarea tan simple como se cree.
En ciertos casos, esta circunstancia da paso a la absolución de la responsabilidad y en otros, no es más que una atenuante. Veamos todos los aspectos que debes conocer al respecto en el siguiente artículo.
Embriaguez y su relación con la responsabilidad penal
La intoxicación etílica o embriaguez ocurre cuando una persona, además de estar ebria, ha perdido sus condiciones de voluntad y entendimiento como consecuencia de esto.
En este sentido, la intoxicación por alcohol entra dentro de los diversos tipos de atenuantes modificativas de las penas. Vale decir que, en estos supuestos, el responsable podría resultar eximido de la responsabilidad.
Una particularidad importante es que en versiones anteriores del CP, se consideraba la intoxicación etílica como atenuante solo en casos de embriaguez eventual. La finalidad de esto, era castigar moralmente la adicción a bebidas alcohólicas.
Ahora bien, tras las últimas modificaciones, esto ha quedado atrás, por lo que la normativa actual es mucho más objetiva con respecto al tema.
Siendo así, hay varios grados de intoxicación etílica que se consideran para determinar la responsabilidad penal.
Regulación de la atenuante por intoxicación etílica en el Código Penal
La atenuante por intoxicación etílica se recoge en el artículo 21 del Código Penal. Este apartado habla sobre los diferentes grados, así como las penas que se deben aplicar en cada caso. Dentro del artículo, se definen dos tipos de atenuantes modificativas y ambas pueden generar una reducción de pena.
Tipos de atenuantes por intoxicación etílica
Cuando se trata de la ingesta de sustancias tóxicas, la legislación española establece los tipos de atenuantes teniendo en consideración su gravedad. De acuerdo con eso, los tipos de atenuantes por embriaguez son estas:
Atenuante ordinaria
El inciso 2 del artículo 21 del CP, define dos conductas específicas en las que aplica este tipo de atenuante:
- El sujeto activo se encuentra en adicción grave a sustancias tóxicas, como el alcohol.
- La persona bajo los efectos del alcohol no tiene conciencia de la gravedad de sus actos debido a los efectos de dicha sustancia.
Atenuante analógica
Este tipo de atenuante se asemeja bastante a las condiciones que se citan en el apartado anterior. Se recogen en el inciso 7 del artículo 21 del CP y ocurren en los siguientes supuestos:
- Se percibe una adicción en menor grado a sustancias tóxicas, con efectos menos dañinos, como consecuencia de un consumo reciente o esporádico.
- Hay alteración de facultades mentales derivadas de esta acción.
Independientemente del tipo del atenuante correspondiente, la incapacidad de comprensión de los actos transgresores, es obligatoria para que pueda alegarse. De acuerdo con lo anterior, el Juez a cargo debe definir en qué medida el grado de embriaguez afectó al sujeto
En este supuesto, es clave optar por otros factores asociados con el consumo de bebidas alcohólicas o sustancias tóxicas, que demuestren la falta de comprensión de la acción criminal en cuestión. Algunos de estos elementos a tener presentes son:
- Inexpresión verbal.
- Incoherencia al momento de comunicarse.
- Problemas de comportamiento.
- Inestabilidad del sujeto.
- Poca habilidad motriz.
De igual manera, se debe indagar con el investigado que no se haya puesto en estos términos con el objetivo de incurrir en un crimen. Para esto, debe quedar demostrado que sus proceder es a consecuencia de la afectación de sus capacidades cognitivas.
Otras consideraciones importantes sobre la atenuante por intoxicación etílica
Las atenuantes no suponen que el sujeto activo quede absuelto de su responsabilidad penal al cometer un delito. No obstante, y como bien explicamos antes, implica una posible reducción en el castigo dispuesto en la ley para el crimen específico.
La decisión final sobre la aplicación o no de la atenuante, queda a disposición del Juez que lleve el caso. En este sentido, es de vital importancia que cada investigación se efectúe atendiendo sus particularidades.
Ahora bien, cabe destacar que, en ciertos casos, la embriaguez podría contribuir con la absolución del castigo. Para esto es indispensable que concurran ciertos requisitos:
- Encontrarse bajo intoxicación etílica al momento de consumar el crimen.
- Que el sujeto esté en estado de embriaguez pleno.
- Que su condición actual no le permite comprender la gravedad de sus actos.
- Que no haya sido buscado intencionalmente.