Me he fijado gracias a las preguntas de nuestros clientes, que muchos tienen la percepción que al tener una captura pantalla de una amenaza, publicidad engañosa, estafa o conversación con el perpetrador, ya tiene pruebas suficientes para ir a un juzgado y hacer que pague una multa o una pena en prisión.
De hecho, nada está más alejado de la realidad. Una captura de pantalla puede ser el soporte necesario para que un juicio tome un curso a tu favor o sea desestimado por completo por «error en la valoración de pruebas».
¿Puedo utilizar capturas de pantalla en un procedimiento penal?
Comencemos por las bases legales antiguas. Sí analizamos el boletín oficial de estado por la “Ley de Enjuiciamiento Criminal.” (Título V, artículo 816) Pude notar que lo primero que toma en cuenta un juez para validar cualquier publicación o prueba de este tipo (Dígase Del procedimiento por delitos cometidos por medio de la imprenta, el grabado u otro medio), es la verificación de la identidad real del autor. También la hora y fecha del mismo.
Si puedes utilizarla si tienen una relación directa con la causa por la cual se está realizando el proceso legal. Sin embargo, no podemos aparecer una captura de pantalla de una conversación y creer que, ya por eso, está ganado el caso.
¿Qué debo considerar para utilizar un pantallazo cómo prueba?
Como intérpretes de las leyes, debemos tomar en cuenta lo que expresa el código penal, interpretando un medio mecánico cómo cualquier medio de comunicación, ya sean las redes sociales o mensajes de texto. Entonces, hay detalles cómo:
- Veracidad de la captura (Dígase que no tenga manipulación o mensajes borrados)
- Medio y verificación de identidad del perpetrador (Que pueda ser verificado a través de fotos su identidad)
- Si colabora o no en reforzar la probatoria en el proceso. (Si la conversación es relevante a la causa del mismo caso)
- Hora y fecha de la misma (Debe haber una concordancia cronológica con el caso)
- Debes estar seguro de que no exista manipulación para obtener un pantallazo (No debe haber coacción)
La verdad, si podemos utilizarlo, siempre evitando caer en lo mencionado arriba, en el «error en la valoración de pruebas». Un maestro del engaño podría alegar inclusive la incapacidad de valoración de su identidad, estando claro su número telefónico con, simplemente no estar a su nombre esta línea o alegar un “hackeo” muy oportuno al momento de cometer el delito, ya sea acoso, amenaza o cualquier otro.
¿En qué tipos de casos son presentadas las capturas de pantalla?
A veces no tienen tanta relevancia cómo creemos. Podríamos, inclusive, recomendar plantearle al juez el uso de estas pruebas antes de obtenerlas, así teniendo consentimiento total legal del mismo.
En el caso de tráfico de estupefacientes
Con el suministro completo de pruebas anticipatorias, es posible obtener un recurso previo a la obtención de conversaciones. Esto lo realizan los investigadores para no caer en ninguna violación de protección de datos, recurso utilizado en muchos casos para desestimar pruebas de este tipo.
En un caso de acoso
Puede cambiar el rumbo de un juicio solo con una nota de voz que sea respaldada por una captura de pantalla, dando pruebas fonológicas que respalden el uso de la misma. Aunque con la utilización de la inteligencia artificial, esto esté en tela de juicio hoy en día.
Si compruebas la identidad del perpetrador del delito, es muy probable que el juez tome en cuenta estas pruebas para acciones cómo lo son las órdenes de alejamiento.
En caso de deudas
Podemos citar la “Resolución de 29 de junio de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Protección de Datos”, por la que se aprueban los modelos de presentación de reclamaciones. Específicamente en la sección: Modelo específico de reclamación por determinados incumplimientos en el tratamiento de datos personales vinculados a deudas.
En caso de deudas, un pantallazo puede servir de apoyo cuando ya ha sido proporcionado cualquier documentación previa que valide que, de hecho, exista una deuda válida que respalde el pantallazo.
No sería suficiente prueba un pantallazo de una conversación sobre una deuda si no existe nada escrito en donde se compruebe que haya un trato totalmente válido entre una entidad y una persona, dos personas o dos entidades, respectivamente.
Por otra parte, un perito informático asignado por el juez y aliado de tu abogado podría dar veracidad a estas pruebas, haciéndolas entrar con contundencia al caso y dando un giro a tu favor.