En todo este tiempo como abogado penal, una de las preguntas que más me han hecho tiene que ver con que si un médico es responsable penalmente por una negligencia estética.
La verdad es que esto sí puede darse, pero no es tan simple como decirlo, sino que hay cosas que legalmente se tienen que cumplir para considerarlo como tal.
Si tienes un lío legal como este, te conviene que leas este blog antes de hacer cualquier cosa.
Cuándo hay responsabilidad penal del médico en caso de negligencia estética
Lo primero que voy a explicarte es de qué va esto de la negligencia estética y es bastante simple.
En cualquier caso (no solo en procesos de estética) la negligencia pasa cuando el personal sanitario comete un acto o lo omite y eso causa una lesión en el paciente.
Por ejemplo, supongamos que vas a hacerte una rinoplastia y el médico hace un corte indebido que te deja una cicatriz. Aquí hablamos de negligencia médica y puedes poner una denuncia por mala praxis médica.
Ahora, la pregunta del millón es ¿Reclamas por lo penal o por lo civil?
Ambas vías son correctas, pero la segunda es la más común porque las personas afectadas normalmente esperan ser indemnizadas y no tienen claro que pudo haber un delito.
Pues la responsabilidad penal se exige cuando el acto del médico deriva en un delito como el de lesiones o el homicidio imprudente.
Requisitos para que reclames negligencia estética por lo penal
Bueno, hay varias cosas que según la ley en España, tienen que cumplirse para que esta reclamación proceda y te las voy a explicar aquí abajo:
- Tiene que ser una acción humana ¿Qué quiero decir con esto? Pues, a veces, hay casos en que el médico no puede prever lo que pasa como por ejemplo, que se vaya la luz en media intervención y no pueda seguir operando y esto cause una lesión al paciente.
- Debe tratarse de una acción contraría a la Lex Artis o lo que la práctica médica establece.
- El acto negligente del médico tiene que aparecer en el Código Penal como un delito.
- El profesional sanitario tiene que haber actuado de manera imprudente o intencional. Casi en todos los casos que se ven por negligencias médicas, el lío penal viene por una omisión o una acción que no fue dolosa.
Delitos que comúnmente llevan responsabilidad penal en negligencia estética
Hay una serie de delitos que el CP describe y que podrían ser motivo para que comiences tu reclamación penal, así que presta atención a cuáles son:
- Homicidio imprudente: es un caso desgraciadamente, común y pasa cuando el sanitario hace un procedimiento en que la persona muere por su error. El artículo 142 del CP explica que al médico le pueden caer hasta 6 años de cárcel por esto y la inhabilitación.
- Lesiones: si un médico estético te causa lesiones en un procedimiento, entonces se habla de un delito de lesiones y el CP dice que le caerán hasta 6 meses de cárcel y la inhabilitación.
Preguntas Frecuentes
Además de la penal, ¿Qué otra responsabilidad puedo reclamar por negligencia estética?
La responsabilidad penal no es la única forma de reclamar un caso como este y de hecho que es la menos usual. Las personas suelen irse por la vía de reclamos civiles y esto pasa cuando el médico no tiene responsabilidad penal y lo que quieres pedir es que te compensen por los daños.
¿Si reclamo la negligencia estética por lo penal ya no puedo reclamar por lo civil?
¡Falso! Si se define que un médico es penalmente responsable y se le juzga por un delito, también se pueden reclamar en lo civil para que responda por el valor de los daños que haya causado. Esto lo dice el Código Penal en el artículo 116. Una persona que tiene responsabilidad penal, también la va a tener en lo civil cuando su acto conlleva daños y perjuicios.
¿Cómo se penaliza a los médicos negligentes en España?
Depende de si hay responsabilidad en lo penal o no. Si es que hay, entonces se le penaliza según la gravedad del delito y si no, pues se tiene que reclamar la indemnización. Si tienes más dudas sobre este tema y necesitas orientación legal, cuenta con Abogado Penal 24 Horas y comunícate conmigo ahora mismo ¡Te ayudaré!