La verdad es que si no lo sabes y estás metido en un lío penal, hay cosas que según la ley, te pueden quitar la responsabilidad penalmente hablando.
Esto quiere decir que no te van a condenar siempre y cuando se cumplan con los requisitos que la ley establece.
Si quieres enterarte de todos los detalles sobre el tema, te recomiendo que leas este blog que preparé para ti.
De qué van los eximentes en términos penales
El Código Penal en sus artículo 19 y artículo 20 dice que hay situaciones en que no te van a mandar a la cárcel o no vas a tener que pagar pena de multa por un delito.
Esto que te acabo de decir y para que no te hagas un lío, son situaciones eximentes.
Los casos en los que no hay responsabilidad penal según el Código Penal
Ahora que de que va la responsabilidad penal y eximentes, es momento de revisar los casos en que te pueden quitar la carga penal por completo.
Lo que te explicaré aquí abajo son los posibles escenarios en que la responsabilidad penal no aplica ¡presta atención!
- Alteraciones mentales:
La forma simple de que entiendas esto es cuando una persona tiene un problema mental y esto es el motivo por el que no es capaz de ver que algo que hace está mal (es un delito).
Algo que tengo que aclarar aquí es que la ley no establece un caso de eximente penal cuando se confirma que el caso es de problemas mentales temporales que el culpable haya generado con el fin de ejecutar el delito.
- En estado de drogadicción o alcoholismo:
Si una persona comete un delito cuando está alcoholizado, drogado o completamente intoxicado por la ingesta de sustancias que causan efectos que alteran la capacidad de razonar.
Al igual que en el caso anterior, es determinante que se compruebe que la persona no provocó este estado con el fin de poder ejecutar el delito. Por otro lado, también se considera como tal en el caso de que el autor esté en estado de abstinencia por dejar la drogas o el alcohol recientemente y no sea capaz de distinguir sus actos.
- Problemas de realidad de consciencia:
Aquí se habla de eximente si la persona tiene un problema de alteración de la realidad de nacimiento. Lo mismo pasa si esta persona presenta el problema como consecuencia de situaciones de la infancia, siempre que se compruebe.
- En defensa legítima:
En estos casos, pasa lo que se conoce como legítima defensa o lo que es lo mismo que quien cometió el delito lo hizo con el objetivo de protegerse de una agresión ilegítima o para proteger a otras personas.
Otros escenarios de eximente penal
Además de los casos que te expliqué arriba, hay más situaciones de las que el CP habla, tales como:
- Los casos en que una persona, para prevenir daños a sí mismo u otra persona, afecta un bien jurídico.
- Cuando una persona comete un crimen como consecuencia de un miedo que no es capaz de controlar.
- Quien, en función del cumplimiento de su rol o cargo, cometa una acción que se pueda considerar como un delito.
Preguntas Frecuentes
¿Un menor de edad es responsable penalmente?
Esta es de las preguntas que más me hacen cuando vemos casos de menores de edad y no, la verdad es que no se castiga penalmente. Claro que si se mete en líos, hay leyes precisas para quienes no tengan 18 años, por lo menos es así en España.
¿Qué es una eximente incompleta?
Así como hay casos en el CP en que te quitan cualquier responsabilidad penal, hay situaciones en que no te absuelven completamente y esto es lo que llamamos eximente incompleta. Lo que quiero decir con esto es que las condiciones sirven para reducir la pena como una atenuante, pero no para evitar el castigo.
¿Si me quitan la responsabilidad penal por eximente también desaparece la responsabilidad civil?
No, aunque no te responsabilices penalmente, si hay algo con lo civil, tienes que asumirlo porque una cosa no tiene que ver con la otra ¡Ojo con eso! No obstante, hay dos casos puntuales en que esto cambia y son cuando el delito lo cometiste en defensa legítima y cuando actuaste para cumplir con tu función en un puesto de trabajo. Si tienes más dudas o preguntas sobre este tema o necesitas orientación legal, puedes contar con Abogado Penal 24 Horas. Comunícate ahora mismo y te ayudaremos.