En estos tiempos todo es tecnología y móviles por cualquier lugar. Es costumbre grabar nuestra vida y hasta lo que comemos, pero ¿qué pasa si alguien te graba en una situación sexual y no lo sabes?
Si nos adentramos en este contexto, no solo hay que hablar desde lo legal, sino desde otros aspectos como la moral y la ética. A ninguna persona que gustaría que se compartan vídeos o fotografías mientras mantiene relaciones sexuales.
¿Cuándo se considera un delito grabar a una persona con el móvil sin su consentimiento?
Yendo más allá del terreno de vídeos sexuales, lo primero que quiero decir es que cualquier grabación que una persona haga de ti sin que estés al tanto implica un acto delictivo.
Con lo anterior no solo me refiero al contenido sexual, sino a cualquier imagen que se haya capturado. La Constitución Española defiende el derecho que tienen todos a la intimidad (artículo 18).
Teniendo esto en consideración, cuando se graba a alguien sin su aprobación, estamos hablando del delito de revelación de secretos.
Para que puedas denunciar basta con la intención de la otra persona de grabar tu cotidianidad o imágenes sexuales SIN tu consentimiento (artículo 197 del Código Penal).
Un ejemplo claro de esto, fue la investigación a 4 jugadores de fútbol que difundieron un vídeo en que uno de ellos tiene sexo con una menor de edad. A pesar de que el acto sexual fue consentido y la joven tenía 16 años, las imágenes difundidas afectaron la intimidad de la víctima.
Y si estuve de acuerdo con la grabación de vídeo, pero no con la difusión ¿Qué pasa?
Esta es una pregunta fundamental y que debo aclarar con detalle. El hecho de que hayas estado de acuerdo con una grabación o toma de fotografías sexuales, no implica que la otra persona pueda difundirlas sin pedirte autorización.
En este caso, también se habla de un delito. La ley no deja cabos sueltos en este tipo de crímenes, por lo que se castiga no solo la mera grabación (cuando no es consentida), sino la difusión del vídeo o fotografías.
Por eso, el CP nos deja puntualizado que la distribución de vídeos sexuales implica un daño evidente contra la intimidad del afectado.
Si denuncias pertinentemente, tu agresor puede ir a la cárcel y estar obligado a pagar una multa. En circunstancias normales, este delito se castiga con 1 a 4 años de prisión y multa de 24 meses, pero hay una salvedad cuando se releva contenido propio de la vida sexual y es que la pena se eleva en su mitad superior.
¿Me pueden meter a la cárcel si otra persona me roba un vídeo sexual en que aparece alguien más que yo?
Si tienes en tu poder un vídeo sexual CONSENTIDO y una tercera persona lo sustrae para difundirlo, no irás a la cárcel. En este contexto, la responsabilidad recae sobre la persona que obtiene el material, que no solo incurría en relevación de secretos, sino en delito de robo.
Igualmente, si una persona recibe imágenes sexuales o vídeos, teniendo presente que no son consentidas, seguiríamos hablando del mismo acto delictivo de descubrimiento de secretos.
¿Si grabo un vídeo sexual sin consentimiento y no lo difundo es un delito?
Sí y sí. Ya lo mencioné antes, el simple hecho de que grabes a una persona durante el acto sexual y no se lo hagas saber ES UN DELITO, aunque solo pretendas guardar el contenido con fines personales.
Recientemente, un hombre fue condenado por tener una grabación sexual no consentida en su móvil. A pesar de que esta persona no llegó a difundir la grabación, fue castigado con 2 años de cárcel y una multa de 4.000 euros.
La actuación de la víctima al enterarse de que fue grabada sin consentimiento fue inmediata y colocó una denuncia contra él.
No fue sino dos años después que se encontró culpable al acusado en cuyo teléfono móvil había un vídeo sexual de la víctima y 19 fotografías.
Vale mencionar que, en principio, la juez a cargo pidió la pena de 4 años. Sin embargo, se logró un acuerdo para reducir el castigo.