El Código Penal establece medidas claras con respecto a los delitos contra extranjeros. La normativa se encuentra en vigor desde el año 2000.
La finalidad de este título dedicado a la comunidad extranjera, tiene como finalidad prevenir la inmigración ilegal y sancionar a quienes tengan participación de esta.
¿Qué son los delitos contra los ciudadanos extranjeros?
Los delitos contra extranjeros afectan directamente los controles migratorios. Generalmente, ocurren cuando una persona brinda su colaboración a un extranjero para ingresar a España o salir del país, ilegalmente.
En este supuesto, se vulneran directamente los derechos del ciudadano extranjero y respeto. Nuestro Código Penal, específicamente en su artículo 318 bis, regula diferentes modalidades de esta conducta criminal.
Vale decir que si bien se trata de un título meramente dedicado a combatir delitos contra ciudadanos extranjeros, no implica castigos para las personas extranjeras que acceden a España irregularmente, sino a quienes favorecen esta acción.
Hay varias acciones penadas en este contexto, veamos cuáles son:
- Ayuda intencional: una persona colabora con un ciudadano extranjero (no miembro de la Unión Europea) a ingresar a España o transitar por el país violando la normativa de acceso migratorio. En sí mismo, el hecho no se sanciona, siempre que la finalidad sea prestar ayuda humanitaria. Cabe precisar que no es indispensable que se solicite un pago a cambio del ingreso para que la acción se considere un acto criminal.
- Ayuda intencional con intención lucrativa: sucede cuando una persona ayuda a un extranjero, que no forma parte de la UE, a entrar a territorio español con el objetivo de conseguir una recompensa por dicho acto.
Elementos del delito contra ciudadanos extranjeros
Así como en cualquier otro tipo de conducta criminal, nuestro Código Penal establece elementos específicos para que exista un delito contra ciudadanos extranjeros y son los siguientes:
- Debe ser una acción dolosa (con intención), por lo que no es posible su comisión por imprudencia.
- Es imperativo que se atente o vulnere la legislación vigente sobre extranjería.
- El objetivo debe ser distinto a la ayuda humanitaria.
- En el segundo caso planteado, debe existir intención de lucrarse, lo que implica una agravante.
¿Hay castigo para los ciudadanos extranjeros que ingresen a España irregularmente?
Como destacamos antes, los ciudadanos extranjeros que accedan o transiten en territorio español de forma irregular, no incurren en un delito. En este sentido, la sanción aplicable es administrativa.
Los parámetros del castigo, en este contexto, se delimitan en función de lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, que define los derechos y cualquier tipo de libertad para personas extranjeras en España.
Penas por delitos contra extranjeros en España
Los delitos que se contemplan en el artículo 318 bis del CP, se castiga en diferentes contextos, según su gravedad:
- En el caso de prestar ayuda a una persona extranjera para que ingrese regularmente a España, sin intención de recibir compensación a cambio, implica una multa de 3 a 12 meses o pena privativa de libertad de 3 a 12 meses.
- Si concurre la intencionalidad de lucrar, se trata de una agravante, por lo que se impone un castigo en su mitad superior.
Asimismo, si existen algunas de las siguientes circunstancias, se considera un delito en su tipo agravado, con pena de cárcel de 4 a 8 años:
- Cuando el delito ocurre en una organización que se dedica a este tipo de acciones. Igualmente, cuando el sujeto activo es líder de dicha organización o encargado. En este supuesto, se impondrá la pena en su mitad superior, pudiendo elevarse al siguiente grado.
- Si durante el ingreso al país, se pone en riesgo la vida o integridad del ciudadano extranjero víctima del delito. Asimismo, cuando hay lesiones graves como resultado del hecho.
Además, se aplicarán otras penas accesorias, establecidas con base en las características del sujeto activo, como por ejemplo, su inhabilitación por hasta 12 años, si actúa sacando provecho de su cargo de funcionario o autoridad.
¿Las personas jurídicas pueden cometer delitos contra ciudadanos extranjeros?
La respuesta es sí, y son bastante comunes cuando se trata de organizaciones dedicadas a estos fines. Así pues, si el culpable es una persona jurídica, se aplicará una multa de hasta 5 años y las demás penas accesorias que correspondan, según el caso.